PROTOCOLO DE KYOTO
La gravedad del problema del cambio climático ha llevado a los países a buscar soluciones para combatir el calentamiento del planeta. Fruto de esta preocupación nació el Convenio Marco de Cambio Climático de Naciones Unidas (UNFCC), cuyo objetivo final es la estabilización de las concentraciones en la atmósfera de los gases de efecto invernadero a un nivel que evite la interferencia peligrosa de las actividades humanas sobre el sistema climático.
La UNFCCC estableció el primer tratado de cambio climático, el Protocolo de Kyoto, acordado por 184 gobiernos en la ciudad japonesa del mismo nombre en diciembre de 1997. Sin embargo, no entró en vigor hasta 2005, con el compromiso de que 37 países industrializados (Anexo I) redujeran sus emisiones una media del 5% respecto a los niveles de 1990, en el período de 2008 a 2012. Además, los países en desarrollo (No anexo I), como China, India y Brasil, aceptaron asumir sus responsabilidades, pero sin incluir objetivos de reducción de emisiones.
El Protocolo constituyó un primer paso histórico para controlar los gases de efecto invernadero, ofreciendo un marco básico de acción de lucha contra el cambio climático. Obligó a muchos países industrializados a poner en marcha las instituciones y políticas necesarias para conseguir la reducción de emisiones y, de hecho, algunos países y regiones ya han empezado a hacerlo. Sin embargo, su impacto en la tendencia ascendente de las emisiones ha sido muy reducido y algunos de los mecanismos en los que se basa son cuestionables.
La Unión Europea firmó un compromiso de reducción conjunta fijado en un 8% de las emisiones base de gases de efecto invernadero del año 1990 para el período 2008-2012, adquirido independientemente del éxito de la ratificación del Protocolo. Cada Estado Miembro tiene, no obstante, un compromiso pactado diferente, que bien puede ser de reducción o de limitación. En el caso de España, es un compromiso que limita el aumento de emisiones de GEI en un 15% por encima de los correspondientes al año base. Sin embargo, al finalizar el 2007, España se mostraba como el país de la Unión Europea que más se alejaba del cumplimiento de los compromisos de Kioto, ya que ha superado con creces el porcentaje permitido, situándose en una tasa de emisión de un 52% superior a la de 1990.
Las sanciones definidas en el Protocolo han tenido un ESCASO EFECTO. Además del caso de España, Canadá ha registrado unas emisiones de más de un 25% superiores a los niveles de 1990, cuando su objetivo es una reducción del 6%, y Estados Unidos se retiró del Protocolo en 2001.
El Protocolo de Kioto no es perfecto, pero aún así es importante. En este momento, teniendo en cuenta que los actuales objetivos de reducción EXPIRAN a finales de 2012, la COP15 tiene la urgencia de establecer los próximos pasos a seguir, basándose en el marco básico ya establecido y creando un resultado más ambicioso y amplio que aborde los imperativos científicos del cambio climático.
MECANISMOS FLEXIBLES O MERCADOS DE CARBONO DE CONFORMIDAD
Con el doble objetivo de facilitar a los países desarrollados el cumplimiento de sus compromisos de reducción y limitación de emisiones y promocionar la transferencia y financiación de tecnologías limpias en países en desarrollo o en transición hacia económicas de mercado, el Protocolo de Kioto introduce lo que se ha llamado "los mecanismos flexibles" o mercados de conformidad. No obstante, el propio Protocolo establece que la utilización de estos mecanismos será suplementaria a la adopción de medidas internas en el seno de cada país.
Comercio de derechos de emisión
El Comercio de derechos de emisión (ET- Emisión Trading) permite la compra venta de los derechos de emisión creados y asignados entre los países miembros del Anexo I (industrializados), que representan cantidades de emisión que se podrían liberar sin incurrir en una falta con las metas de reducción establecidas por el protocolo. Al emitir menos de lo permitido, queda un margen de permisos de emisión (o derechos de emisión) que pueden ser vendidos a otros países que, por varias razones, no lograron emitir menos de lo establecido. Esta compraventa de derechos tiene como objetivo conseguir que la política de protección del clima sea más eficiente: se trata de conseguir la máxima reducción allí donde es más barato llevarla a cabo.
El mismo mecanismo ha sido implementado en la UE entre unas 12.000 empresas pertenecientes a sectores con una alta intensidad de emisiones de GEI (Sistema Europeo de Comercio de Emisiones, EU ETS).
Implementación conjunta
La Implementación Conjunta - IC (Joint Implmentation – JI) son transacciones basadas en proyectos. Suponen la comercialización de las reducciones de emisiones cuantificadas de un proyecto en países Anexo I, fundamentalmente países en transición a economñias de mercado, como los países del Este. La compra-venta se realiza entre países Anexo I y puede ser de reducciones futuras o de reducciones ya expedidas (mercado spot).
Mecanismo de Desarrollo
El Mecanismo de Desarrollo Limpio- MDL (Clean Development Mechanism -CDM) son transacciones basadas en proyectos. Suponen la comercialización de las reducciones de emisiones cuantificadas de un proyecto que en este caso se desarrolla en países No Anexo I (países en vías de desarrollo, América Latina, Asia y África). La compra-venta se realiza entre países Anexo I y No anexo I y puede ser de reducciones futuras o reducciones ya expedidas (mercado spot).
El propósito del mecanismo de desarrollo limpio es ayudar a los países no incluidos en el anexo I a lograr un desarrollo sostenible, mediante la transferencia de recursos y tecnologías contribuyendo al objetivo de la convención de mitigar el cambio climático, así como ayudar a los países anexo I a cumplir sus compromisos.
El MDL ha registrado hasta la fecha más de mil proyectos y están pendientes de aprobación otros 4.000. Estos podrían posiblemente llevar a una reducción de emisiones mayor que el conjunto de las emisiones actuales de Australia, Alemania y Reino Unido. Los proyectos abarcan desde turbinas eólicas en la India, captura y uso del metano de vertedero en Brasil, hasta plantas geotérmicas en América Central.
Sin embargo, existe la preocupación de que mientras algunos países (como China, India, Brasil y México, en particular) han captado la mayoría de los proyectos bajo este mecanismo, las naciones menos desarrolladas —en especial en África— no han recibido ninguna inversión. Se piensa asimismo que muy pocos proyectos llevan a reducciones reales de las emisiones. Por lo tanto, es necesaria una reforma del MDL para asegurar que se produce realmente una reducción de las emisiones.
Los países en desarrollo tienen sus propios compromisos en el Protocolo de Kioto, pero NO objetivos de reducción obligatorios. Participando en los proyectos del MDL pueden, por ejemplo, recibir fondos por la reducción de la intensidad de las emisiones. Los países industrializados están obligados a apoyar los esfuerzos de los países en desarrollo a través de ayuda financiera y transferencia de tecnología.
Además de asegurar la reducción de emisiones, las recientes negociaciones también han creado un fondo de adaptación con el objetivo de ayudar a los países más vulnerables a afrontar los cambios climáticos. Este fondo se financia mediante una tasa del 2% de las transacciones del MDL. Sin embargo, hasta la fecha NO se ha financiado ningún proyecto bajo este mecanismo.
COP15 - CONFERENCIAS DE LAS PARTES SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO DE LAS NACIONES UNIDAS
En diciembre de 2009, todas las miradas estarán puestas en Copenhague (Dinamarca), cuando los gobiernos de todo el mundo se reúnan en la 15º Conferencia de las Partes sobre Cambio Climático de las Naciones Unidas (COP15) para crear el próximo tratado global sobre el cambio climático, que sustituirá el actual protocolo de Kyoto. Esta reuniónformará parte de un proceso que se inició hace casi 20 años, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC, en sus siglas en inglés). La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático fue adoptada en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y entró en vigor el 21 de marzo de 1994. Permite, entre otras cosas, reforzar la conciencia pública, a escala mundial, de los problemas relacionados con el cambio climático.