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Jueves 05 de Abril de 2018

En Octubre del año pasado entró en vigor el nuevo bono social para la electricidad. Seis meses después, de los 2.500.000 bonos que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital había previsto que se hubieran concedido para esta fecha tan solo 440.000 lo han solicitado a su comercializadora y, de estos, tan solo 170.000 tienen ya la aprobación del mismo.

El antiguo bono social fue muy criticado dado que los requerimientos para solicitarlo o la aplicación de los mismos no estaba consiguiendo que llegase a las personas con dificultades para pagar la factura de la luz. Por ejemplo, de los 2.300.000 usuarios que disfrutaban del antiguo bono social el 70% correspondían a usuarios que tenían menos de 3kW contratados. Esto era debido a que muchas compañías no solicitaban la declaración de vivienda habitual por parte del solicitante para concederlo tramitándose de forma automática, haciendo que muchas segundas viviendas con menos de 3kW disfrutaran del bono social. Frente a este dato, llama la atención que tan solo el 3% (73.7901) correspondían a hogares con todos los miembros desempleados frente a los 1.200.0002, de hogares españoles que se encuentran en esta situación. El nuevo bono social trata de subsanar estos problemas y, a pesar de las deficiencias que presenta en algunos aspectos, para las que ECODES plantea 6 propuestas de mejora3, fue recibido con cierto optimismo debido a que los nuevos requisitos de renta permitían abrir el abanico de potenciales solicitantes y dirigía mejor el foco hacia los colectivos que más podían necesitarlo.

Es llamativo el reducido número de solicitudes que ha habido respecto a las previstas, pero es especialmente preocupante que de los que sí lo han solicitado, menos del 40% dispongan ya de él. El resto han sido rechazados por no cumplir los requisitos o por haber cumplimentado mal la documentación para solicitarlo, o siguen en trámite, algunos 4 y 5 meses después de haberlo solicitado.

Por lo tanto, el reducido número de solicitudes no se debe a una falta interés por parte de los potenciales beneficiarios, sino a una alarmante desinformación (según la CNMC, el 70% de los hogares españoles desconoce si tiene una tarifa de mercado regulado o de mercado libre4) y al colapso en la tramitación de las solicitudes por parte del ministerio.

Las dudas y trabas para solicitar este nuevo bono social han sido habituales desde su puesta en marcha. Algunos ejemplos son los cambios en los modelos de formularios a rellenar (hasta 3 modelos diferentes en 6 meses en algunas de las comercializadoras), cambios en la documentación a adjuntar (al comienzo solicitaban adjuntar la declaración de la renta, y tras el colapso que generó en la agencia tributaria dejaron de pedirlo y pasaron a cruzar los datos de forma interna) o la ausencia de un modelo de documento accesible para certificar situaciones especiales (discapacidad, violencia de género o violencia del terrorismo).

A estos problemas se añaden las dificultades para presentar la documentación. El Real Decreto 897/2017 que regula la figura del consumidor vulnerable y el bono social, establece en su Anexo VI las formas que tiene el usuario para solicitarlo: correo postal, correo electrónico o de forma presencial en las oficinas de las comercializadoras. Esta última posibilidad, que es la más demandada por los beneficiarios con pocos recursos, no siempre está siendo atendida de forma adecuada dado que, en algunas ocasiones, se insta a los solicitantes a que utilicen las otras dos vías.

El plazo para renovar el bono social se amplía otros 6 meses hasta el 10 de Octubre

Ante la escasísima recepción de solicitudes, el Ministerio de Energía ha decidido ampliar el plazo de renovación del bono social otros 6 meses. Con esta prórroga, los consumidores que actualmente estén acogidos al anterior bono social seguirán disfrutando hasta octubre de un descuento en sus facturas, pero tendrán que presentar la documentación para valorar si pueden acogerse al nuevo bono social según su nivel de renta y circunstancias personales dentro de dicho plazo, y continuar así disfrutando del descuento en sus facturas sin interrupciones.

En el caso de que un beneficiario del actual bono social no presente la renovación con las nuevas condiciones en este plazo verá interrumpido el descuento en su factura de la luz. No obstante, si así lo desea, podrá presentar la solicitud posteriormente con la desventaja que durante el tiempo que tarde en tramitarse dicha solicitud no disfrutará del descuento.

Por otro lado, el plazo de seis meses es aplicable sólo a aquellas personas que ya disfrutaban del anterior bono social, si bien cualquier persona que actualmente no tenga el bono social pero reúna las condiciones del nuevo puede presentar la solicitud en cualquier momento tanto ahora como pasados estos seis meses. La prórroga solo marca el momento en que finaliza el disfrute del bono social con las anteriores condiciones, pero no marca ningún plazo para solicitar el nuevo.

En cualquier caso, esta ampliación del plazo será insuficiente si no va acompañado de medidas que ayuden a difundir el bono social entre los colectivos potencialmente beneficiarios, y se simplifiquen y agilicen los trámites para solicitarlo.


Propuestas de Ecodes para mejorar la concesión del bono social a los colectivos destinatarios

Para las comercializadoras de tarifa Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (Tarifa regulada por el Gobierno)

  1. Instamos a las comercializadoras de PVPC a que faciliten la tramitación de las solicitudes de bono social de forma presencial en sus oficinas comerciales, tal como recoge el Real Decreto 897/2017 en el Anexo VI y revisen la documentación aportada para evitar fallos en la cumplimentación de los formularios.

  2. Creemos necesario acordar un formulario común entre todas las comercializadoras, donde se destaque de forma más visual los apartados que deben rellenar para facilitar la cumplimentación por parte de los potenciales beneficiarios.

  3. En el caso de denegación de la solicitud, sería conveniente incluir las causas de forma precisa, y las vías de contacto para la reclamación.

  1. Es importante poner a disposición de los servicios sociales y de forma descargable en la Web de cada comercializadora de PVPC el modelo de certificado para reconocer situaciones especiales, ya que este documento, ha sido una de las razones de denegación de muchas solicitudes.

  2. Facilitaría la gestión automatizar la gestión a las familias que disponían de bono social por familia numerosa y jubilados de pensión mínima, ya que no se modifican las condiciones para obtener el 25% de descuento respecto al anterior bono social, dejando la solicitud como consumidor vulnerable severo a cargo del usuario, en caso de cumplir con los requisitos.

Para la administración pública

  1. Incrementar la difusión desde la administración pública el bono social a través de los centros de servicios sociales y medios de comunicación.

  2. Fomentar la formación sobre contratos de energía a los colectivos vulnerables para favorecer que los potenciales beneficiarios del bono social tengan un contrato con PVPC y no en el mercado libre.

  3. Garantizar que las comercializadoras que ofrecen el PVPC admitan a trámite las solicitudes realizadas en los puntos de servicio físico de que disponen.

Para más información:

Cecilia Foronda,
Directora del área de ciudades sostenibles de ECODES.
cecilia.foronda@ecodes.org


1. Datos de agosto de 2017 (Boletín de indicadores eléctricos de diciembre de 2017 de la CNMC)
2. Datos de la EPA (Encuesta de la Población Activa) 2º trimestre de 2017
3. http://ecodes.org/notas-de-prensa/2017-05-12-07-36-51
4. Panel de Hogares de la CNMC

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