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Miércoles 24 de Abril de 2002

Dicho Convenio tiene por objeto la elaboración, desarrollo e implantación de una Ordenanza Solar, con la consiguiente ejecución de las correspondientes medidas encaminadas al éxito de la iniciativa.

Desde el convencimiento de que es posible introducir un modelo energético basado en el consumo eficiente de energía de origen renovable, todas las partes implicadas en la iniciativa coinciden en señalar la necesidad de promover conjuntamente la aplicación de una Ordenanza Solar, de modo que contribuya a consolidar un nuevo enfoque de los aspectos energéticos y su impacto ambiental en la edificación en general y en el sector residencial en particular.

Teniendo en cuenta la incipiente penetración en el mercado de la energía solar térmica existiendo tecnologías actualmente maduras para su aprovechamiento, es necesaria la intervención de la administración así como la puesta en marcha de medidas de apoyo eficaces. Ya existen iniciativas como “La Ordenanza sobre la incorporación de sistemas de captación de energía solar térmica en los edificios”, del Ayuntamiento de Barcelona, o la “Ordenanza fiscal nº10 del Ayuntamiento de Zaragoza”. Sin embargo, la experiencia indica que una ordenanza por sí sola carece del poder suficiente para lograr unos buenos resultados, de ahí que se requiera la implicación de todos los agentes del proceso para lograr el éxito de una normativa.

Para conseguir la generalización del uso de la energía solar térmica en la ciudad de Huesca se proyectan una serie de actuaciones:

  1. Elaboración y aplicación de una normativa que, tras un razonable período de adaptación, establezca las condiciones que favorezcan la utilización de la energía solar en los edificios de la ciudad.
  2. Difusión de esta tecnología entre los ciudadanos y sensibilización sobre la importancia del aprovechamiento de las energías renovables.
  3. Difusión a los agentes implicados en el sector de la vivienda, de los objetivos, contenidos, beneficios y consecuencias de la “Ordenanza Solar”.
  4. Formación en torno a la energía solar térmica de los agentes implicados: técnicos del Ayuntamiento, fontaneros, instaladores y arquitectos.
  5. Medidas de apoyo adicionales, como pueden ser la negociación con entidades financieras para la creación de créditos o hipotecas que faciliten a los ciudadanos la instalación de colectores solares.


Estas actuaciones se concretarán en el marco de unas fases previstas para el desarrollo del proyecto y cuyas medidas definidas son las siguientes:

- Elaboración de la Ordenanza Solar para el fomento de la energía solar: Su diseño se adaptará al contexto concreto de la ciudad de Huesca.
- Formación de los agentes clave del proceso: La Universidad de Zaragoza realizará cursos de formación para asegurar la existencia de profesionales necesarios para la aplicación efectiva de la Ordenanza Solar. Se realizarán cursos específicos para cada sector: técnicos municipales (encargados de aprobar y certificar la instalaciones), fontaneros/instaladores (encargados de realizar la instalación de los equipos de aprovechamiento de la energía solar) y arquitectos (encargados de incluir los colectores solares en sus proyectos y de optimizar los diseños en consecuencia)
- Desarrollo de la campaña de difusión: Se pondrá en marcha la campaña de difusión dirigida a la población en general. En ella se resaltarán los beneficios ambientales y económicos de la energía solar y se facilitará información sobre el proceso a seguir, las tecnologías disponibles y los profesionales capacitados. Campaña que incluye edición de folletos divulgativos, colocación de anuncios en vallas publicitarias de la ciudad, anuncios en prensa y cuñas de radio local con el objeto de difundir el proyecto.
- Asesoría: La Fundación Ecología y Desarrollo pondrá a disposición de los interesados este servicio, orientado a resolver posibles dudas y a atender consultas durante los primeros meses de aplicación, en materia de subvenciones, créditos, hipotecas, tecnologías existentes, procesos administrativos, profesionales acreditados…

La aplicación práctica de esta Ordenanza Solar supone establecer los criterios energéticos a tener en cuenta en los proyectos de edificación urbanística así como contribuir a la idea del desarrollo sostenible desde el punto de vista de la racionalización energética y de respeto ambiental.


FIN DE COMUNICADO
NOTA PARA REDACCIÓN
Para más información :
Fundación Ecología y Desarrollo
Tel. 976 298282 Fax . 976 203092
E-mail. agua@ecodes.org Web. https://archivo.ecodes.org/web
Plaza San Bruno, 9, 1º - 50001 Zaragoza

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